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3M ARGENTINA SACIFIA c/ DGA s/ Recurso de Apelación

La acción del Fisco para imponer penas por infracciones aduaneras prescribe a los cinco años desde el primero de enero del año siguiente al de la comisión de la infracción, y dicho plazo puede ser interrumpido válidamente por el dictado del auto de a

Competencia Multa Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó una controversia respecto de la legalidad de una resolución administrativa que condenó a una importadora y su aseguradora al pago de tributos y multas por infracciones relacionadas con la destinación de importación temporaria de mercaderías. Se cuestionó la validez de la imposición respecto de la prescripción de las acciones del Fisco para cobrar tributos y aplicar sanciones, la adecuada aplicación de la normativa vigente sobre importación temporaria, y la documentación que acredita la reexportación de la mercadería. Asimismo, se examinaron los requisitos formales del procedimiento sumarial, la suspensión e interrupción de los plazos de prescripción, y la vinculación entre la mercadería importada y la correspondiente certificación técnica. El tribunal abordó cuestiones jurídicas vinculadas a la interpretación de los artículos del Código Aduanero referentes a la prescripción, las cargas de prueba, y los elementos que debe contener el certificado que vincula insumo y producto final en importaciones temporarias.

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