MOLINO FLORENCIA SAU c/ DGA s/ recurso de apelación
La Dirección General de Aduanas es competente para instruir, tramitar y aplicar sanciones por incumplimientos al régimen de exportación previsto en la Ley 21.453, en virtud de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la legalidad de una multa aplicada por la Dirección General de Aduanas a una empresa exportadora por incumplimiento del régimen impuesto por la Ley 21.453, que exige la exportación de al menos el 90% de la mercadería declarada en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). La controversia se centra en la alegación de la empresa de que la multa es improcedente debido a que efectivamente realizó la exportación mediante una DJVE distinta, debido a un cambio en la naturaleza de la operación comercial. Se examina si la autoridad aduanera es competente para aplicar sanciones por incumplimientos a la Ley 21.453, la validez y relación entre diferentes DJVE registradas, la existencia o no de causas de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, y la correcta aplicación del régimen sancionatorio, particularmente la adecuación de la multa conforme al principio de la ley penal más benigna. El Tribunal evaluó la normativa aplicable incluyendo la Ley 21.453, su reglamentación, el Código Aduanero y resoluciones de la AFIP para determinar la competencia, los requisitos probatorios y los criterios de graduación de multas en el contexto del régimen especial de exportación.
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