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CELULOSA ARGENTINA S.A c/ D.G.A s/ Recurso de Apelación

El certificado de origen MERCOSUR cumple su función acreditativa siempre que contenga los requisitos substanciales previstos en el régimen, siendo errores formales aquellos que no alteran la calificación del origen de la mercadería y que, por tanto,

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se cuestionó la validez del régimen preferencial intrazona aplicado a la importación de ciertos bienes de uso debido a la indicación incorrecta de la norma de origen en el certificado MERCOSUR presentado. El servicio aduanero consideró que el error en el campo correspondiente a las normas de origen no podía ser subsanado y, por ende, aplicó derechos de importación extrazona y una multa por declaración inexacta conforme al Código Aduanero. La discusión giró en torno a si la inexactitud en la declaración del certificado constituía un error formal o sustancial que justificara la imposición de la sanción y la exigencia tributaria adicional. El Tribunal analizó la normativa aplicable al régimen de origen MERCOSUR, los requisitos formales del certificado de origen, y las consecuencias legales de errores en la declaración de las normas de origen, en especial respecto a la posibilidad y alcance de rectificaciones administrativas y el efecto de un error no sustancial en la aplicación del tratamiento arancelario preferencial.

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