Sentencia TFN INLEG-2026-20750348-APN-VOCXV#TFN
El beneficio de litigar sin gastos está destinado a quienes, por insuficiencia de medios económicos, no pueden afrontar las erogaciones implícitas en la sustanciación de un proceso, procurando la igualdad de partes y garantía de defensa en juicio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la solicitud de beneficio de litigar sin gastos presentado por un despachante de aduana con matrícula activa, quien alega insuficiencia económica para afrontar la tasa de actuación exigida en un proceso administrativo relacionado con sanciones y diferencias tributarias. Se examinan los antecedentes administrativos, la condición económica y patrimonial de la solicitante, incluyendo su actividad como monotributista, facturación, bienes registrados y operaciones bancarias. Se contrapone la situación expresada con la información oficial registrada en organismos públicos y la jurisprudencia aplicable para determinar si corresponde conceder la exención en función de la capacidad real para afrontar los costos judiciales. El Tribunal evalúa el estándar probatorio necesario para quienes ejercen profesiones habilitadas económicamente y valora la consistencia y suficiencia de las pruebas aportadas para definir la procedencia del beneficio.
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