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BERTOLI, DIANA INES c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO (OSPACA) Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

Diana Inés Bertoli interpuso un amparo contra la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (OSPACA) para mantener su afiliación tras jubilarse. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando la restitución de su afiliación y el cumplimiento de las obligaciones correspondientes.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Ospaca Galeno Seguridad social Derechos humanos Ley 16.986 Recursos de apelacion


¿Quién es el actor?

Diana Inés Bertoli

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (OSPACA) y Galeno Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras el acceso al beneficio jubilatorio.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que ordena la restitución de la afiliación y el cumplimiento de las obligaciones de la obra social.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión de negarle la continuidad a la afiliada, privándola de las prestaciones médico-asistenciales de las que gozaba, constituye una conducta manifiestamente ilegítima y arbitraria." "El mantenimiento de la condena es la solución que mejor corresponde con la naturaleza del derecho cuya protección se pretende -que compromete la salud e integridad física de las personas." "Los jubilados y pensionados permanecen como beneficiarios de las obras sociales integrantes del sistema de salud regulado por las leyes 23.660 y 23.661."

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