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CASO GRANIER Y OTROS (RADIO CARACAS TELEVISIÓN) VS. VENEZUELA. EXCEPCIONES PRELIMINARES, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS

La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el caso Granier y otros (Radio Caracas Televisión) Vs. Venezuela, relacionado con el cierre de RCTV por parte del Estado. La Corte declaró la violación del derecho a la libertad de expresión y ordenó la restitución de la concesión del canal.

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- Se reclama la violación del derecho a la libertad de expresión y el debido proceso por el cierre de Radio Caracas Televisión (RCTV) en 2007, tras la decisión del Estado de no renovar su concesión.
- La Corte resolvió que hubo una restricción indirecta a la libertad de expresión y un trato discriminatorio hacia RCTV, ordenando la restitución de su concesión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte Interamericana declaró la violación al derecho a la libertad de expresión, por cuanto se configuró una restricción indirecta al ejercicio del mismo, en perjuicio de los directivos y algunos trabajadores de RCTV." "La decisión de no renovar la concesión buscaba acallar voces críticas al gobierno, las cuales se constituyen junto con el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, en las demandas propias de un debate democrático que, justamente, el derecho a la libertad de expresión busca proteger." "La Corte encontró internacionalmente responsable al Estado por la violación a los derechos a un debido proceso, al plazo razonable y a ser oído, en varios procesos administrativos y judiciales."

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