CASO GONZALES LLUY Y OTROS VS. ECUADOR. EXCEPCIONES PRELIMINARES, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS
La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el caso de Talía Gabriela Gonzales Lluy, quien fue contagiada con VIH tras una transfusión de sangre. El tribunal determinó la responsabilidad del Estado ecuatoriano por violaciones a los derechos a la vida, integridad, educación y no discriminación, ordenando reparaciones y medidas de atención.
- Se reclama la responsabilidad del Estado ecuatoriano por el contagio de VIH de Talía Gonzales Lluy y la violación de sus derechos a la educación y no discriminación.
- La Corte determinó que el Estado fue responsable por la falta de supervisión del banco de sangre y la expulsión de Talía de la escuela, lo que constituyó una violación de sus derechos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La grave omisión del Estado permitió que sangre, que no había sido sometida a los exámenes de seguridad más básicos, como el de VIH, fuera entregada a la familia de Talía para la transfusión, con el resultado de su infección y el consecuente daño permanente a su salud." "El riesgo real y significativo de contagio que pusiese en riesgo la salud de las niñas y niños compañeros de Talía era sumamente reducido; y resaltó que en el marco de un juicio de necesidad y estricta proporcionalidad de la medida, el medio escogido por las autoridades internas constituía la alternativa más lesiva y desproporcionada de las disponibles para cumplir con la finalidad de proteger la integridad de las demás niñas y niños del colegio." "La Corte concluyó que Talía sufrió una discriminación derivada de su condición de persona con VIH, niña, mujer, y viviendo en condición de pobreza."
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