CASO LÓPEZ LONE Y OTROS VS. HONDURAS. EXCEPCIÓN PRELIMINAR, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS
Los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha, Ramón Enrique Barrios Maldonado y Tirza del Carmen Flores Lanza promovieron un reclamo por la violación de sus derechos tras ser destituidos por su oposición al golpe de Estado en Honduras. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que las destituciones constituyeron violaciones a sus derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación, ordenando reparaciones al Estado.
- Se reclama la violación de derechos humanos de los jueces destituidos por su oposición al golpe de Estado en Honduras.
- La Corte resolvió que las destituciones fueron ilegítimas y violaron derechos fundamentales de los jueces.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La democracia representativa es uno de los pilares de todo el sistema del que la Convención Americana sobre Derechos Humanos forma parte y constituye un principio reafirmado por los Estados Americanos en la Carta de la OEA." "Los procesos disciplinarios seguidos en contra de las víctimas constituyeron una violación de su libertad de expresión, derecho de reunión y derechos políticos." "El Estado violó el artículo 8.1 de la Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio de las víctimas." "La destitución de las víctimas afectó indebidamente el derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad, en violación del artículo 23.1.c de la Convención Americana."
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