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CASO MOYA CHACÓN Y OTRO VS. COSTA RICA. EXCEPCIONES PRELIMINARES, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS

Los periodistas Ronald Moya Chacón y Freddy Parrales Chaves reclamaron por la violación de su derecho a la libertad de expresión tras una condena civil por una publicación. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que la sanción impuesta no fue necesaria ni proporcional, afectando su libertad de prensa.

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- Se reclama la violación del derecho a la libertad de expresión de los periodistas Ronald Moya Chacón y Freddy Parrales Chaves, a raíz de una condena civil por la publicación de una nota de prensa.
- La Corte IDH resolvió que el Estado de Costa Rica es responsable por dicha violación y ordenó medidas de reparación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte IDH constató, en primer lugar, que la referida nota de prensa calificaba como una pieza de información y trataba un asunto de interés público." "La Corte advirtió que la sanción impuesta a los periodistas tuvo un efecto amedrentador sobre estos." "En vista de todo lo anterior, el Tribunal concluyó que, en el presente caso, la sanción civil impuesta a los señores Moya Chacón y Parrales Chaves no fue necesaria ni proporcional al fin legítimo perseguido."

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