CASO DIAL Y OTRO VS. TRINIDAD Y TOBAGO. FONDO Y REPARACIONES
Los señores Kelvin Dial y Andrew Dottin reclamaron por violaciones a sus derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida y a la libertad personal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado de Trinidad y Tobago por múltiples violaciones a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Se reclama la violación de derechos humanos, específicamente el derecho a la vida, la libertad personal, las garantías judiciales y la integridad personal de los señores Kelvin Dial y Andrew Dottin.
- La Corte resolvió que el Estado de Trinidad y Tobago es responsable por las violaciones mencionadas, ordenando medidas de reparación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Corte encontró al Estado de Trinidad y Tobago responsable internacionalmente por la violación del derecho a la vida como resultado de la imposición automática de la pena de muerte... la vigencia de la Ley de Delitos contra la Persona fue, per se, violatoria del artículo 2 de la Convención en tanto el Estado faltó a su deber de implementar las medidas legislativas necesarias para garantizar la convencionalidad de las leyes internas." "La Corte también advirtió que los señores Dial y Dottin no fueron notificados en detalle de los cargos formulados contra ellos... el Estado es responsable por la violación del artículo 7.4 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento." "Las condiciones de detención a los que fueron sometidos los señores Dial y Dottin fueron incompatibles con los estándares interamericanos... el Estado contravino los artículos 5.2 y 5.2 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento."
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