CASO SCOT COCHRAN VS. COSTA RICA. EXCEPCIONES PRELIMINARES Y FONDO
El señor Scot Cochran promovió un reclamo por violación de derechos humanos en relación con su detención y proceso judicial en Costa Rica. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado no es responsable por la violación de los derechos a la libertad personal y a las garantías judiciales.
- Se reclama la violación de los derechos a la libertad personal y a las garantías judiciales, incluyendo el derecho a la información y acceso efectivo a la asistencia consular, así como el derecho a un juez imparcial y a recurrir el fallo ante un tribunal superior.
- La Corte resolvió que Costa Rica no es responsable por la violación de estos derechos, concluyendo que Cochran fue informado de su derecho a asistencia consular y que no se vulneró su derecho a un juez imparcial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Estado no violó los derechos a la libertad personal y garantías judiciales, en particular el derecho a la información y acceso efectivo a la asistencia consular consagrados en los artículos 7.4, y 8.2 de la Convención Americana." "La Corte concluyó que, en las circunstancias del caso, resultó evidente que no se vulneró el derecho a contar con un juez imparcial, consagrado en el artículo 8.1 de la Convención Americana." "Al no haberse establecido la responsabilidad internacional del Estado, la Corte resolvió que no procedía pronunciarse sobre reparaciones, costas y gastos."
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