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F., D. E. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA N° 14302 IPP 03-04-000913-16 UFIJ N° 8 (JEP-19471)

Se interpone un incidente de libertad asistida a favor de David Emanuel Fernández, rechazando su inclusión en el régimen solicitado. La Cámara de Apelaciones confirma la decisión de primera instancia, considerando que los informes psicotécnicos y la conducta del demandado no justifican el beneficio.

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Actor: Dr. Carlos Fortini (Defensor de Fernández). Demandado: Fernández, David Emanuel. Objeto: Inclusión de Fernández en el régimen de libertad asistida. Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la denegación de la libertad asistida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El contenido del informe psicológico no resulta una afectación a la autonomía del interno que garantiza el art. 19 de la C.N., ni una exigencia de un posicionamiento moral determinado en tanto implique un análisis de la evolución personal en relación a su futura reinserción." Se destaca que el Servicio Penitenciario desaconseja la inclusión del penado en el beneficio solicitado por su falta de autocrítica y responsabilidad por sus actos. La Cámara sostiene que los informes negativos son suficientes para denegar el pedido de libertad asistida.

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