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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°2 -AZUL SEDE OLAVARRIA- Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°2 -MAR DEL PLATA-

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Provincia de Buenos Aires confirma la competencia del Juzgado de Garantías Nº 2 de Mar del Plata para investigar el hecho delictivo vinculado al robo del vehículo y su encubrimiento, basándose en la conexidad objetiva y en la continuidad delictiva, desestimando la declinación del juzgado de Olavarría.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El incidente de competencia surge de una denuncia por robo de un vehículo Ford Ranger en Mar del Plata, que fue incautado en Olavarría. La jueza de aquel distrito declina su competencia, argumentando que la causa está archivada y que no puede establecer la identidad de los autores. La Sala IV del Tribunal de Casación, tras analizar el vínculo entre el robo y el encubrimiento, concluye que debe prevalecer la competencia del juzgado de Mar del Plata, dado que el hecho principal ocurrió en esa jurisdicción y existe una conexión objetiva. La sentencia señala: "corresponde al juez que conoce en el primero de los antijurídicos, hacerlo en la totalidad delictiva, ello es el Juzgado de Garantías de Mar del Plata, por aplicación de las reglas de conexión previstas en los arts. 32 y 33 del C.P.P." La decisión también enfatiza que el archivo de la IPP en Mar del Plata no causa estado en materia de conexidad, por lo que no afecta la competencia.

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