BULLA FRANCISCO PABLO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia reconoce la procedencia de la demanda de honorarios profesionales por actuaciones en expediente administrativo, regula los honorarios en 9,05 jus arancelarios más adicional de ley e IVA, y ordena a la demandada su pago, confirmando la resolución de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. FRANCISCO BULLA promovió demanda contra "FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U." para la regulación de honorarios por su actuación en el expediente administrativo N° 347541/24, tramitado ante la Comisión Médica N° 31 de San Nicolás, en el marco de la Ley N° 27.348 y la Ley de Honorarios N° 14.967. El actor intervino en la tramitación de una divergencia en la incapacidad de la trabajadora Felipa Moya, con un dictamen que estableció una incapacidad del 7,23% y una liquidación de prestaciones por $2.248.045,14. La sentencia concluye que el actor cumplió con la instancia administrativa, que la intervención del abogado es obligatoria y que, por la naturaleza del reconocimiento parcial, corresponde regular sus honorarios en 9,05 jus arancelarios más adicional de ley e IVA, a cargo de la demandada. La decisión considera que la labor del profesional fue adecuada y que el reconocimiento parcial habilita la regulación de honorarios conforme a los parámetros de la ley 14.967. Además, se impusieron costas a la demandada y se ordenó el pago de la tasa de justicia y la sobretasa correspondiente.
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