ROIG LUIS VICENTE C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La demanda por honorarios profesionales en el marco de un expediente administrativo por incapacidad laboral fue admitida y se regulan los honorarios del letrado, confirmando la decisión de primera instancia. La sentencia establece que los honorarios corresponden a 11,36 jus arancelarios, a cargo de la demandada, y las costas son a su cargo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. Luis Vicente Roig promovió demanda contra Prevención ART S.A. para que se regulen sus honorarios por intervención en el expediente administrativo N° 153297/24, tramitado ante la Comisión Médica Jurisdiccional, donde se dictó una incapacidad laboral permanente parcial definitiva del 4%. La sentencia destaca que la intervención del letrado fue obligatoria por ley (art. 1° de la ley 27.348) y que la actuación en las instancias administrativas genera honorarios regulados por la ley 14.967 y sus artículos 44 y 55, con un porcentaje de 11,36 jus arancelarios. La autoridad judicial concluye que la demanda es procedente y ordena a la empresa demandada pagar la suma correspondiente, además de costas. La decisión se fundamenta en que la actuación fue reconocida y que la ley establece la obligación del empleador de abonar honorarios en estos casos, enfatizando que las costas deben ser impuestas a la parte demandada por su conducta procesal.
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