.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación contra la fallo que confirmó la denegatoria de ingreso en el régimen abierto a Díaz. La decisión se fundamenta en que la resolución impugnada no encuadra en los supuestos del artículo 450 del CPP y que la vía casatoria no resulta procedente en este caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa del condenado Díaz interpuso recurso de casación contra la fallo de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón, que confirmó la denegatoria de su ingreso en el régimen abierto. La queja fue interpuesta por el defensor oficial, alegando vulneración de derechos constitucionales, internacionales y derechos fundamentales, solicitando su aceptación y revisión del fondo. La Sala de Casación, tras analizar la admisibilidad formal y el fondo del recurso, concluyó que la resolución de la Cámara de apelaciones no configura un supuesto de arbitrariedad ni vulnera derechos constitucionales, por lo que corresponde rechazar la queja por inadmisibilidad del recurso de casación, señalando que el planteo es reeditable y no presenta gravedad institucional que justifique su intervención. Los jueces Bouchoux y Kohan votaron en igual sentido, rechazando la queja y confirmando la decisión de la instancia inferior. La sentencia destaca que no hay arbitrariedad en la decisión y que la vía casatoria no resulta procedente en estas circunstancias, con costas en esta instancia.
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