MEDINA MARCOS NICOLÁS C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La demanda de honorarios por la labor profesional en trámite ante la SRT fue atendida y se reguló en favor del letrado, confirmando la sentencia de primera instancia que reconoce la actuación en el expediente administrativo y regula los honorarios en base a la ley 14.967 y valores actuales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por el Dr. Marcos Nicolás Medina para la regulación de honorarios por su actuación en el expediente 132128/25, referente a la determinación de incapacidad del Sr. Roberto Carlos Tobares ante la ART Galeno S.A. La sentencia de primera instancia resolvió hacer lugar a la demanda y regular los honorarios en 15% de la indemnización homologada, sumando $1.177.945,50, sin intereses moratorios, y condenó en costas a la demandada. La prueba documental y la actuación del letrado acreditan su asesoramiento y patrocinio en el trámite ante la Comisión Médica, que concluyó con un 5% de incapacidad y homologación del acuerdo por esa suma. Los jueces consideraron que la intervención del profesional fue determinante en la gestión y reconocimiento de la incapacidad, justificando la regulación de honorarios en los términos solicitados. La mayoría de las juezas adhieren a la conclusión de que corresponde regular los honorarios en el porcentaje previsto, y que no corresponde aplicar la limitación en costas prevista por el art. 277 LCT, por lo que se fija en 5,69 JUS el monto de costas respecto de honorarios. La sentencia confirma la resolución inicial y dispone el depósito de la suma en el plazo establecido.
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