DIAZ SANDRA MARICEL C/ COMPAÑÍA INDUSTRIAL FRUTIHORTICOLA S.A. S/ DESPIDO
Homologación del acuerdo conciliatorio en proceso de despido, confirmando la suma de $3.000.000 y eximiendo de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Sandra Maricel Diaz, promovió un acuerdo conciliatorio con la demandada, Compañía Industrial Frutihortícola S.A., en un proceso por despido. El tribunal, tras deliberar, homologó el acuerdo en sus términos, confirmando la suma total de 3 millones de pesos a favor de la actora y estableciendo costas a cargo de la demandada. Se resolvió también la eximición de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual, y se reguló el honorario del letrado en 600.000 pesos, considerando el monto del acuerdo. Los fundamentos principales indican que la homologación se ajusta a la ley y que las partes han llegado a un acuerdo justo que se debe hacer efectivo, con costas y regulación de honorarios conforme a lo pactado. La mayoría del tribunal consideró que, en virtud del acuerdo, corresponde eximir de la tasa en caso de cumplimiento puntual, mientras que un voto disidente sostuvo que, por normativa vigente, no corresponde la eximición. La resolución confirma la validez y homologación del acuerdo, con obligación de pago y regulación de honorarios.
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