RAMBAUD CARLOS FABIAN C/ PROVINCIA ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios del abogado Rambaud Carlos Fabian por su actuación en la vía administrativa ante la Comisión Médica Jurisdiccional, confirmando la obligación de la demandada de pagar los honorarios. La Cámara consideró que la labor fue oficiosa y necesaria para el reconocimiento del carácter laboral del accidente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, el Dr. Rambaud Carlos Fabian, demandó a la aseguradora Provincia Art S.A. por honorarios profesionales por su actuación en representación del trabajador RUIZ MIGUEL ANGEL en trámite administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional. La sentencia sostiene que los honorarios son de cargo de la aseguradora, dado que la actuación fue oficiosa y necesaria para la defensa del trabajador. Se regulan honorarios en 7 JUS (equivalente a $302.925), más aportes de ley y IVA, y se imponen costas a la demandada. La decisión se basa en la normativa de la ley 14.697, la ley 14.967 y la resolución SRT 298/17, que establecen que la actuación del letrado en estos procedimientos es oficiosa y que los honorarios deben ser pagados por la aseguradora, independientemente del resultado de la pretensión. La actividad profesional durante toda la instancia administrativa se considera un paso necesario para el reconocimiento del carácter laboral del accidente denunciado, y la ley arancelaria regula los honorarios del profesional.
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