GIESER BEATRIZ MATILDE C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
La sentencia declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y ordena la liquidación de haberes previsionales conforme a la Ley 13.364. La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda y dispuso la liquidación de los haberes previsionales no prescriptos, con actualización y costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Beatriz Matilde Geiser, demanda a la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 15.008 y el reconocimiento del derecho a movilidad jubilatoria según el régimen previo.
- La demandada sostiene que los artículos impugnados no violan la Constitución y que la modificación en la movilidad previsional no es inconstitucional. Alega que la nueva ley busca mejorar la equidad y la sustentabilidad financiera del sistema previsional.
- La Cámara, tras analizar la constitucionalidad del artículo 41, declara su inconstitucionalidad por contrariedad a los principios constitucionales de proporcionalidad y retribución justa, siguiendo la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia. Asimismo, hace lugar a la demanda y ordena la liquidación de haberes previsionales conforme a la Ley 13.364, con actualización y costas.
- La sentencia destaca que el índice de movilidad establecido en la norma impugnada no refleja la relación proporcional entre haberes de actividad y pasividad, vulnerando el artículo 39 inciso 1 de la Constitución Provincial y principios constitucionales.
- Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad de otros artículos por falta de fundamentos suficientes y por no demostrar la afectación inconstitucional.
- Se declara la inconstitucionalidad del artículo 41 y se ordena la liquidación retroactiva, con intereses y costas.
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