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SILCAN GUILLERMO ALFREDO C/ OMINT ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La sentencia declara la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348, condena a la ART a pagar una indemnización por incapacidad permanente y establece la actualización del crédito con criterios constitucionales, en un caso de accidente in itinere.

Accidente in itinere Incapacidad permanente Ley 24.557 Inconstitucionalidad Actualizacion de creditos Indemnizacion Pericia medica y psicologica Inconstitucionalidad del dnu 669/2019 Reparacion integral Derechos del trabajador

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Guillermo Alfredo Silcan, demanda a OMINT ART S.A. reclamando indemnización por incapacidad permanente derivada de un accidente in itinere ocurrido el 14-03-2023. La parte demandada reconoce la vigencia del contrato y el accidente, pero impugna la liquidación y solicita el rechazo de la acción. La sentencia analiza la prueba pericial médica y psicológica, concluyendo que el actor presenta una incapacidad total del 16,7% de la T.O., consecuencia del accidente, con una incapacidad física del 10% y psíquica del 6,7%. Se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del art. 11 de la ley 27.348, por lo que se actualiza el crédito en la suma de $12.718.582, considerando intereses y mínimos legales. La condena incluye costas y honorarios. La decisión fundamenta que la normativa cuestionada viola principios constitucionales y garantías del trabajador, y que la ley debe respetar los derechos y la dignidad del trabajador, en línea con precedentes de la SCBA.

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