CEPEDA GLADYS LILIANA C/ MUNICIPALIDAD DE 9 DE JULIO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia declara la nulidad del Decreto N° 1665/2022 y condena a la Municipalidad a pagar indemnización por daño material y moral por actuar arbitrario e ilegítimo en el otorgamiento de licencia sin goce de haberes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Gladys Liliana Cepeda, demanda contra la Municipalidad de Nueve de Julio la nulidad del Decreto N° 1665/2022, que le otorgó licencia sin goce de haberes, alegando que la administración vulneró el procedimiento legal y que la actuación fue arbitraria y discriminatoria. La sentencia reconoce que la administración no cumplió con los procedimientos previstos en la normativa aplicable, en particular en la Ley 14.656 y en los arts. 82-84, y que la conducta administrativa fue ilegítima. Se ordena la nulidad del acto y se condena a la Municipalidad a pagar una indemnización del 75% de los salarios de la actora desde la fecha de la medida hasta su reincorporación, además de un resarcimiento por daño moral equivalente al 10% de esa suma, por los daños sufridos. La sentencia también impone las costas a la parte vencida. La decisión se fundamenta en que la administración actuó sin seguir los procedimientos previstos, en violación de principios constitucionales y legales, y en que la conducta fue claramente arbitraria, causando daño a la actora en su patrimonio y en su integridad personal.
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