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CAMDERROS MARIA FLORENCIA C/ IOMA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La demanda por reconocimiento de derechos previsionales respecto a la bonificación por antigüedad fue acogida y se ordenó el pago retroactivo del 3% para todos los años laborados, considerando la inconstitucionalidad de las normativas que redujeron o eliminaron dicho porcentaje.

Recurso de apelacion Derechos previsionales Bonificacion por antiguedad Inconstitucionalidad Principios


¿Quién es el actor?

CAMDERROS MARIA FLORENCIA

¿A quién se demanda?

IOMA de la Provincia de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a que se liquide en un 3% la bonificación por antigüedad sobre todos los años de servicios, retroactividad desde la interposición de la demanda o reclamo administrativo, y declaración de la inconstitucionalidad de leyes, decretos y resoluciones que la hayan reducido o eliminado.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad en un 3% y/o el porcentaje correspondiente, por considerar que las normas cuestionadas violaban principios constitucionales y tratados internacionales, y que las reducciones no tenían carácter temporario ni excepcional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los agravios de la parte actora se fundamentan en que las leyes 11.739, 11.905, y el decreto 240/96, que redujeron o suspendieron la pago de la bonificación por antigüedad, resultan inconstitucionales por violar los derechos de igualdad, propiedad y progresividad. La jurisprudencia y doctrina citadas sostienen que la reducción de beneficios adquiridos y el carácter regresivo de las normativas violan principios constitucionales y tratados internacionales, en particular el principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos laborales y previsionales. El tribunal destaca que las normas en cuestión implicaron una disminución efectiva en los haberes de los trabajadores, específicamente en la bonificación por antigüedad, y que dichas reducciones, prolongadas en el tiempo más allá de un período razonable, contravienen la protección constitucional y la doctrina sobre la protección de derechos adquiridos y beneficios previamente establecidos. Se concluye que la reducción de la bonificación por antigüedad no fue de carácter temporario ni excepcional, sino que se extendió por más de 9 años, configurando una vulneración de los derechos constitucionales y principios de progresividad y no regresividad. Además, la existencia de un proyecto de ley para restituir el porcentaje de 3% refuerza la ilegalidad de las normativas cuestionadas. El fallo también rechaza la excepción de prescripción total y/o parcial, considerando que el hecho continuado de la no pago justifica la procedencia del reclamo.

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