DESPEGAR.COM.AR S.A C/ MUNICIPALIDAD DE SALADILLO S/ PRETENSION ANULATORIA- OTROS JUICIOS
La sentencia de primera instancia que confirmó la sanción administrativa impuesta a Despegar por la Municipalidad de Saladillo, y que redujo el daño directo a su mínima expresión, será confirmada por esta Cámara. La resolución se fundamenta en la análisis de la normativa y en la valoración de la prueba producida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La firma Despegar.com.ar S.A. demanda la nulidad de la resolución del Juzgado de Faltas de Saladillo que la sancionó con multa de $80.000, además de una indemnización de $280.959,30 por daño directo, por infracción a la ley 24.240 y la ley 13.133, derivada de la cancelación de excursiones por falta de pago del proveedor. La Municipalidad de Saladillo, en su defensa, niega los hechos, sostiene la legalidad del acto sancionatorio y argumenta que la multa y la indemnización son proporcionales a la infracción. La denunciante, Gladys Gómez, ratifica su reclamo y remite al expediente administrativo. La prueba indica que la cancelación de las excursiones fue por falta de pago de Despegar a la empresa proveedora, y que la empresa fue notificada y actuó en consecuencia. La sentencia de primera instancia, confirmada por la Cámara, valora que la empresa incumplió su obligación de informar y que la sanción no resulta desproporcionada, ya que la multa de $80.000 se ajusta a los parámetros legales y no configura exceso de punición. Además, se deja sin efecto el daño directo, al no acreditarse el perjuicio material en forma suficiente. La resolución se fundamenta en la normativa vigente, en la jurisprudencia aplicable y en la valoración de los hechos probados.
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