BALBI MARIA JOSE C/ LOMBARDI JOSE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La sentencia resolvió la resolución del boleto de compraventa y la reducción de la cláusula penal por incumplimiento, condenando a los demandados a devolver U$S 80.000 y fijando una pena de U$S 150.000 por incumplimiento contractual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María José Balbi, promovió demanda por daños y perjuicios y resolución del contrato de compraventa de inmuebles por incumplimiento de las obligaciones pactadas, invocando hechos de fuerza mayor, accidente, robo y retrasos bancarios como causal eximente. La defensa de los demandados sostuvo que el incumplimiento fue por negligencia de la actora y que los hechos alegados no justifican la resolución contractual ni la devolución de las sumas abonadas. El tribunal analizó la prueba, concluyendo que los hechos invocados por la actora no configuran causa eximente de responsabilidad, por lo que declaró la resolución del contrato por incumplimiento. Además, aplicó la cláusula penal y redujo su monto, condenando a los demandados a devolver U$S 80.000. La sentencia consideró que la actora actuó con negligencia y que los hechos alegados no justifican la imposibilidad de cumplimiento, rechazando los eximentes invocados y confirmando la resolución del contrato.
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