MUSTAFA EL ABED, ZULEMA BEATRIZ c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la decisión del juez de grado respecto a la tasa de interés y confirma el resto de la sentencia, estableciendo que las sumas adeudadas deben ser actualizadas con intereses según la tasa pasiva promedio del Banco Central, y declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Zulema Beatriz Mustafa El Abed, promovió una acción contra la ANSES reclamando derechos previsionales. La sentencia de primera instancia declaró inconstitucional el art. 79 de la ley 18.037 en la medida que provoca una merma superior al 15% en su haber previsional, y ordenó la actualización de las sumas adeudadas con intereses. La demandada apeló cuestionando la constitucionalidad del art. 79 y la tasa de interés aplicada. La Cámara revoca la fijación de la tasa de interés y ordena que se apliquen intereses conforme la tasa pasiva promedio del Banco Central, además de confirmar la declaración de inconstitucionalidad del art. 79 en los términos señalados, y declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas a la vencida. Fundamentos principales: El tribunal remite a los autos “AGUIRRE, MARIA NORA c/ ANSeS s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO” para la regulación de intereses y establece que a las sumas adeudadas se les deben adicionar intereses según la tasa pasiva promedio del Banco Central, en línea con la jurisprudencia consolidada en autos previos. Asimismo, confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037 en la medida que provoca una merma superior al 15% del haber previsional, argumentando que “la aplicación de la norma en cuestión, en los términos en que fue dictada, vulnera la garantía constitucional de la intangibilidad de los haberes previsionales, por lo que resulta inconstitucional en la medida que provoque una merma superior al 15% del haber”.
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