M, R. O. c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la imposición de costas a la parte demandada y elevó los honorarios del abogado del amparista, considerando la complejidad y los montos de la causa, ajustándose a la normativa vigente. La decisión se fundamentó en que la acción fue necesaria para hacer efectivo el derecho del actor y que los honorarios estaban por debajo del mínimo legal.
- Quién demanda: R. O. M. (amparista)
¿A quién se demanda?
PAMI (obra social demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura del medicamento enfortumab vedotina y la declaración de tratamiento abstracto por fallecimiento del accionante.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, mantuvo las costas a cargo de la demandada y elevó los honorarios del letrado del actor a 23 UMA (pesos 1.710.648), y reguló honorarios del abogado en segunda instancia en pesos 522.944. La Cámara también dispuso que no correspondía honorarios al letrado del demandado en esta instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia declaró abstracta la acción por el fallecimiento del amparista, y se consideró que la acción era necesaria para hacer efectivo el derecho del actor, por lo que las costas corresponden a la parte vencida. Respecto a los honorarios, se valoró la labor profesional, la complejidad del proceso y la normativa aplicable, especialmente la ley 27.423, ajustando los valores a los montos actualizados por la resolución SGA 1687/2025. Se rechazó el recurso de la demandada respecto a las costas, considerándolo improcedente, y se reguló el honorario del letrado del actor en función de las actuaciones de la alzada.
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