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DOUR GRACIELA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia y confirma la constitucionalidad de las leyes y decretos cuestionados, rechazando las inconstitucionalidades y agravios por considerarlos infundados, y ordena el rechazo de la demanda.

Ley de movilidad previsional Inconstitucionalidad Retroactividad Derechos constitucionales Seguridad social Refuerzos economicos Leyes 27.426 y 27.541 Constitucionalidad Proteccion social Recursos de apelacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, demandante, cuestiona la constitucionalidad de varias leyes y decretos (ley 27.426, ley 27.541, entre otros) por su aplicación retroactiva y por afectar derechos constitucionales, solicitando que se declare su inconstitucionalidad.
- La demandada, ANSES, defiende la constitucionalidad de las normas y argumenta que las disposiciones legales y reglamentarias cumplen con los requisitos constitucionales y que la ley 27.426, al modificar índices y aplicar la movilidad, no viola garantías constitucionales, ya que la retroactividad no afecta derechos amparados por garantías, y que la ley 27.541 y otras normas de emergencia son constitucionales en el marco del estado de necesidad.
- La Cámara señala que las leyes y decretos en cuestión, en particular la ley 27.426, tienen una finalidad de garantizar la movilidad y el derecho a la seguridad social, y que su aplicación retroactiva no vulnera derechos constitucionales del actor, ya que el derecho a la movilidad deviene en el momento del devengamiento y no en la percepción efectiva del haber.
- La Sala cita fallos de la Corte Suprema que respaldan la facultad legislativa para establecer pautas de movilidad y la aplicabilidad de las leyes en el tiempo, siempre que no se afecten derechos constitucionales.
- En relación con la ley 27.541, la Sala reafirma su constitucionalidad, remitiéndose a precedentes y considerando que las medidas de asistencia social y refuerzos económicos tienen carácter transitorio y en el marco de la emergencia, sin vulnerar principios constitucionales.
- La Cámara también rechaza la inconstitucionalidad por afectación del derecho de propiedad, argumentando que el incremento en los haberes y la movilidad son derechos que se devengan en la fecha en que las normas lo establecen, y que la aplicación retroactiva no altera el patrimonio del beneficiario en forma confiscatoria.
- Finalmente, se ordena el rechazo de la demanda, se confirman los recursos y se revoca la sentencia de primera instancia.

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