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GROSSI ADRIANA BEATRIZ c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia que otorgaba una pensión por parte de ANSES y rechaza la demanda por incumplimiento del requisito de aportes. La decisión se fundamenta en que el causante no cumplía con los requisitos de cotización requeridos por la normativa vigente, y se imponen costas y honorarios a la parte actora.

Recurso de apelacion Pension Aportes Cotizacion Ley 24.241 Anses Requisitos de cotizacion Decision judicial Costas Honorarios.


¿Quién es el actor?

Adriana Beatriz Grossi

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Solicitud de pensión y cumplimiento de la sentencia judicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia y rechaza la demanda, considerando que el causante Gabriel Miramontes no cumplía con los requisitos de aportes necesarios para acceder a la pensión, pues no acreditaba la cotización mínima requerida al momento de su fallecimiento el 8 de agosto de 2008, con solo 6 años y 4 meses de aportes efectivos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se advierte que no reunía al tiempo de fallecer los extremos legales necesarios para acceder a la prestación, previstos por el Decreto 460/99 reglamentario del art. 95 de la Ley 24.241. Gabriel Miramontes no puede ser considerado aportante regular ya que no registra ingreso de aportes durante 30 de los 36 meses anteriores al 8 de agosto de 2008, cancelados durante el mes calendario correspondiente a su vencimiento. Tampoco califica como cotizante irregular con derecho ya que no registra el ingreso de aportes durante 18 de los 36 meses anteriores a la muerte, cancelados en el mes calendario anterior al vencimiento. Ni acredita el 50% del mínimo de cotizaciones ingresadas al sistema, exigido en el régimen común en que se encontraba comprendido." "No se encontraba en las condiciones del afiliado del precedente de la Corte “Pinto, Ángela Amanda” (sent. del 06-04-10), ya que no cotizó en forma proporcional a su vida útil ya que con la cantidad de cotizaciones efectivamente ingresadas al sistema, no puede afirmarse que haya sido solidario con el sistema de seguridad social, como afirmaron los jueces del Tribunal Supremo al fallar, ya que al menos debió acreditar 7 años de aportes para ser calificado como aportante irregular con derecho." "Por lo expuesto, se admitirá el recurso deducido por el organismo previsional."

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