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ARIONI DANIEL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma el rechazo del planteo de la parte actora respecto a los reajustes y refuerzos previsionales, considerando la constitucionalidad de las medidas y la proporcionalidad en la distribución de recursos en contexto de emergencia social.

Actor: Daniel Alberto Arioni Demandado: ANSES Objeto: Reajustes en la jubilación y actualización de la pensión, además de recursos relacionados con la movilidad y refuerzos previsionales. Decisión: La Sala revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la constitucionalidad de las medidas adoptadas por el Estado y rechazando los agravios respecto a la constitucionalidad y proporcionalidad en la distribución de los refuerzos y reajustes previsionales. La decisión destaca que los refuerzos tienen finalidad transitoria, buscan mitigar efectos de la coyuntura económica y no resultan discriminatorios ni confiscatorios, en línea con la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Los derechos sociales en Argentina representan una categoría fundamental de los derechos humanos receptados tanto en la Constitución Nacional como en los tratados internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN). Estos derechos tienen como finalidad garantizar condiciones mínimas de vida digna, procurando la igualdad material y la justicia social. Desde la reforma constitucional de 1949 (luego derogada en 1956) y con mayor fuerza, tras la reforma de 1994, los derechos sociales han adquirido una relevancia jurídica y política notable, consolidando la obligación del Estado de intervenir activamente en la promoción de bienestar general.” “En el escenario descrito los decretos en cuestión han tenido como objetivo el cumplimiento por parte del Estado Nacional de su obligación de garantizar el ingreso mínimo necesario para que los jubilados de menores recursos cubran sus necesidades básicas, referida en la Carta Magna y los tratados internacionales.” “No se advierte que la medida en las condiciones económicas actuales, sea discriminatoria. En efecto, los derechos sociales en Argentina están protegidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, y las medidas adoptadas tienen un carácter transitorio y de protección frente a la crisis económica, sin que ello implique vulneración del art. 14 bis.” “Los refuerzos de ingreso previsional, ayudas económicas previsionales y bonos extraordinarios previsionales otorgados por el Estado tienen como propósito mitigar los efectos adversos ocasionados por la coyuntura económica a los jubilados y/o pensionados de menores ingresos durante el período que abarca desde septiembre de 2022 a la actualidad. Utilizados como una herramienta puntual y transitoria para ayudar a sobrellevar, al sector de menores ingresos, una situación económica causada, entre otros motivos

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