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LOPEZ OSCAR VIASNET c/ ESTADO NACIONAL - M. DE SEGURIDAD - CAJA DE POLICIA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Sentencia que declara la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordena el reintegro de los importes descontados, fundamentando que el decreto fue dictado sin seguir el trámite constitucional y contraviene la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Normas constitucionales Inconstitucionalidad Decreto Aportes previsionales Proceso judicial Sentencia Reintegro Derechos constitucionales Jurisprudencia Estado nacional.


- Quién demanda: Oscar Viasnet López

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, cese del descuento del aporte previsional y devolución de los importes indebidamente descontados desde los dos años anteriores a la demanda, más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordenando el reintegro de los importes descontados, con intereses, en un plazo de 90 días. Además, se impusieron costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Decreto 679/97 fue dictado sin seguir el trámite legislativo ordinario requerido por la Constitución Nacional, en violación del principio de legalidad y del procedimiento constitucional. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado la inconstitucionalidad de dicho decreto en el precedente 'Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional –Ministerio del Interior– s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', por considerarlo una modificación de carácter permanente sin el cauce constitucional correspondiente. La declaración de inconstitucionalidad se fundamenta en que el decreto fue dictado en ejercicio de facultades extraordinarias sin la necesaria autorización legislativa, y su contenido viola derechos constitucionales al alterar las condiciones de los aportes previsionales sin una justificación de necesidad pública que lo justifique. La sentencia resalta que la jurisprudencia de la Corte Suprema es obligatoria para los tribunales inferiores, y que la modificación de normas por otras de igual jerarquía no puede justificarse en la irrazonabilidad, si no se cumple con el procedimiento constitucional." "Asimismo, la ley 22.788, en su art. 14 bis, y la jurisprudencia consolidada, permiten la imposición de aportes previsionales, pero en este caso, la forma de modificación del porcentaje sin el trámite legal correspondiente y en violación del procedimiento constitucional, hace que la norma sea inconstitucional." "Por todo ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordenar el reintegro de los descuentos indebidos, con costas a la parte demandada."

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