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AMAYA CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de la actualización de la Prestación Básica Universal y declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, en caso de que la aplicación de los topes genere una quita superior al 15%. La sentencia también revocó parcialmente la decisión anterior respecto a la metodología del cálculo de aportes autónomos, manteniendo la constitucionalidad y ajustando el recálculo conforme a la jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Amaya

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes y actualización de la Prestación Básica Universal y otros conceptos previsionales
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la constitucionalidad de la mayoría de los puntos cuestionados por la demandada, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que genere una quita superior al 15%, y ordenó que el recálculo de la PBU se realice conforme a la jurisprudencia vigente. Además, rechazó los agravios relacionados con la metodología del recálculo de aportes autónomos y la actualización del componente PBU, ratificando la jurisprudencia de la Corte Suprema y la jurisprudencia de la Cámara.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia señala que el artículo 24 de la Ley 24.241 debe interpretarse en línea con la doctrina de la Corte Suprema en el precedente “Makler, Simón”, considerando todos los años y categorías efectivamente aportadas para reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo. Respecto a la actualización del componente PBU, la Sala entiende que no hay restricción en la jurisprudencia para su actualización cuando fue adquirida con posterioridad a la sanción de la ley 26.417, rechazando el agravio de la demandada. La declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 se basa en que la aplicación de topes puede generar una quita superior al 15%, lo cual sería confiscatorio y contrario a la doctrina de la CSJN. La Sala diferirá el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, permitiendo una valoración concreta del posible perjuicio. La metodología del recálculo de aportes autónomos fue ajustada en línea con la jurisprudencia, ordenando que se considere el promedio del haber aportado y multiplicarlo por el haber mínimo vigente. Se rechazan los agravios relativos al impuesto a las ganancias, remitiéndose a la jurisprudencia de la Corte Suprema, y se confirma la imposición de costas a la parte demandada. La disidencia del Dr. Fantini se sustenta en que la metodología de cálculo perjudicaría a la parte actora y que modificar la sentencia en esta instancia sería una

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