OBREGON CARLOS OMAR c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó incorporar al haber de pasividad los suplementos del Decreto 1305/2012, considerándolos remunerativos y bonificables, en línea con la jurisprudencia y la normativa constitucional que garantizan la proporcionalidad entre haberes de retiro y en actividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demandó al Ministerio de Defensa solicitando la incorporación de los suplementos establecidos en el Decreto 1305/2012 a su haber mensual de pasividad. La demandada argumentó que dichos suplementos tenían carácter particular y no debían integrarse, además de cuestionar la forma en que se impusieron las costas. La Cámara analizó la naturaleza jurídica de los suplementos, remitiéndose a precedentes de la Corte Suprema, y concluyó que los suplementos en cuestión ostentan carácter general, remunerativo y bonificable, por lo que deben integrarse al haber de pasividad. La sentencia citó el fallo “Sosa, Carla Elizabeth y otros c/ EN – M. Defensa – Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” y la jurisprudencia constitucional que respalda la integración de estos conceptos. Además, se tuvo en cuenta la normativa del Decreto 780/20, que fijó el haber mensual y suprimió los suplementos en trato, desde el 30/09/2020. La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, incluyendo las costas a la demandada vencida.
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