s.p.a c/ GALENO ARGENTINA SA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
La acción de amparo contra la obra social y Galeno Argentina S.A. busca mantener la afiliación del actor como beneficiario en el plan previo a su jubilación, y el tribunal confirma la procedencia del amparo, ordenando mantener la afiliación y transferir los aportes. La decisión se fundamenta en que los decretos 292/95 y 492/95 vulneran derechos constitucionales al impedir la permanencia en la obra social tras la jubilación, contraviniendo jurisprudencia que reconoce el derecho del jubilado a mantener su prestación en la obra social original, y que la transferencia de beneficiarios no es automática sino voluntaria. La sentencia también establece que Galeno debe mantener la afiliación en el plan y transferir los aportes, en atención a la relación contractual con la obra social original, y que la ley 23.660 y su decreto reglamentario garantizan la continuidad en la obra social tras la jubilación. La resolución otorga además la costas a las demandadas vencidas y regula honorarios profesionales.
Accion de amparo
Obra social
Jubilacion
Afiliacion
Derechos constitucionales
Transferencias
Decretos 292/95 y 492/95
Jurisprudencia
Salud
Derechos adquiridos
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