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BARRAGAN, FACUNDO GERMAN Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO - LEY 19101 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativo Federal en Sala III revocó parcialmente la sentencia respecto a la prescripción, declarando la aplicación del plazo de cinco años y desestimando reclamos anteriores al 28/04/2016 en una acción por compensaciones por cambios de destino del personal militar. La decisión se fundamenta en la análisis de la prescripción y precedentes jurisprudenciales.

Recurso de apelacion Prescripcion quinquenal Personal militar Compensaciones Ley 19101 Decreto n? 1305/12 Accion prescripta Jurisprudencia Causas 57.203/2022 18.045/2021 12.841/2021 Normativa civil y comercial


- Quién demanda: Facundo Germán Barragán y otros

¿A quién se demanda?

Estado Mayor del Ejército (EN M)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incrementos y suplementos por cambio de destino, específicamente en relación a los pagos percibidos durante la vigencia del Decreto N° 1104/05 y las sumas vinculadas a los incrementos creados por el Decreto N° 1305/12.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la declaración de prescripción en la sentencia de grado, declarando que la acción prescribe a los cinco años desde la fecha del reclamo, y en consecuencia, desestimó los reclamos por pagos anteriores al 28/04/2016. Se admitió la acción respecto a los incrementos vinculados al Decreto N° 1305/12 y sus normas complementarias, excluyendo los conceptos vinculados a la norma anterior por prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que la demandada no cuestionó debidamente la valoración de la prueba que acreditó la percepción de la compensación por cambio de destino basada en el haber mensual del grado correspondiente al momento del traslado, conforme a la Ley 19101. La jurisprudencia de la Sala, en particular las causas N° 57.203/2022, N° 18.045/2021 y N° 12.841/2021, sustenta la aplicación del plazo quinquenal para la prescripción de estos reclamos. La acción prescribe a los cinco años contados desde la fecha en que el actor tuvo conocimiento del derecho o del hecho que ocasionó el reclamo, en este caso, el 28/04/2016. La declaración de prescripción afecta únicamente a los pagos y suplementos anteriores a esa fecha, siendo que los pagos posteriores a la misma aún son reclamables. La decisión se fundamenta en los artículos 4023 del Código Civil, 2537 y 2560 del Código Civil y Comercial, y en precedentes jurisprudenciales específicos.

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