CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS SA (TF 38240-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara confirmó la nulidad del acto de apertura del sumario aduanero por defectos en la individualización de los hechos y la falta de precisión en la motivación del mismo, garantizando así el derecho de defensa y el debido proceso en materia aduanera. La decisión fue fundada en que la actuación administrativa violó el art. 1094 del Código Aduanero al no especificar claramente los hechos constitutivos de la infracción.
- Quién demanda: Chubb Argentina de Seguros SA
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad del acto de apertura del sumario administrativo y la declaración de prescripción de las acciones para imponer sanciones y perseguir el cobro de tributos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la nulidad del acto de apertura del sumario, considerando que la autoridad aduanera no individualizó claramente los hechos constitutivos de la infracción en el acto de apertura, en violación del art. 1094 del Código Aduanero, y que la actuación fue ambigua y defectuosa, afectando el derecho de defensa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala resaltó que “el acto de apertura del sumario debe exhibir de la manera más clara y precisa posible los hechos que se reputan constitutivos de la infracción”, y que en este caso, “el servicio aduanero no determinó con precisión los hechos constitutivos de la conducta reprochada [...] lo hizo en términos amplios y ambiguos”. Se añadió que “la apertura del sumario realizada por el servicio aduanero en los términos del art. 1090 del C.A., luce infundada”, lo que justifica la nulidad. La sentencia también destacó que la finalidad del procedimiento aduanero es garantizar el derecho de defensa, y que la actuación administrativa vulneró dicho derecho por su ambigüedad y falta de precisión.
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