Logo

KIMBERLY CLARK ARGENTINA SA (TF 32011-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la nulidad del auto de apertura del sumario aduanero por incumplimiento del art. 1094 del Código Aduanero y declaró prescripta la acción fiscal, ratificando la decisión de primera instancia que anuló las actuaciones por defectos formales y sustanciales en el procedimiento.

Recurso de apelacion Nulidad Sum

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa versa sobre la impugnación de la resolución del Tribunal Fiscal que declaró la nulidad del auto de apertura del sumario y la prescripción de las acciones fiscales contra Kimberly Clark Argentina S.A. por la supuesta irregularidad en la introducción temporaria de mercadería. La Cámara analizó si el acto de apertura del sumario cumplió con los requisitos del art. 1094 del Código Aduanero, que exige que dicho acto individualice claramente los hechos constitutivos de la infracción. La Cámara sostuvo que el acto de apertura fue vago y amplio, sin identificar específicamente la mercadería en infracción, lo que vulnera el debido proceso y el derecho de defensa del contribuyente. La Sala también destacó que la finalidad del procedimiento sumario no se cumplió, ya que no se determinaron con precisión los hechos investigados, lo que llevó a la nulidad del acto y la declaración de la prescripción de la acción fiscal. En cuanto a la apelación del fisco, la Cámara desestimó sus agravios y confirmó la resolución que declaró la nulidad y la prescripción. Además, se reguló el honorario de los profesionales intervinientes, elevando los montos en función de la complejidad y etapa del proceso. Fundamentos principales: "De dichas actuaciones no surge de manera concluyente la indicación de las circunstancias que pudieran conducir a la comprobación de los hechos denunciados y, específicamente, de la mercadería en infracción según su calificación legal. Estos aspectos cobran especial relevancia por tratarse de una materia de carácter represivo, en la que se ve afectado el derecho de defensa de la encartada. Esta situación se agrava si se tiene en cuenta la ambigüedad con la que procedió el servicio aduanero, lo que refuerza la necesidad de garantizar un debido proceso." "El art. 1090 del CA dispone que '[r]ecibidas las actuaciones, el administrador: a) [o]rdenará ampliar la investigación en aquellos aspectos que considerare necesarios; b) [d]esestimará la denuncia cuando no fuere verosímil, careciere de seriedad o bien cuando los hechos investigados no configuraren una infracción aduanera; o c) [d]ispondrá la apertura del sumario'. Con ello en claro, se advierte de manera inequívoca que, en el acto de apertura del sumario, el servicio aduanero no determinó con precisión los hechos constitutivos de la conducta reprochada."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar