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GARCIA ALEJANDRA GISELE C/ DOMINGUEZ NAHUEL OMAR Y OTRO/A S/ DESPIDO

La sentencia homologó el desistimiento de la acción respecto de Maria Juana Allende y homologó el acuerdo conciliatorio entre la actora y Nahuel Omar Domínguez, confirmando la validez de los acuerdos y resolviendo la homologación en ambas cuestiones.

Homologacion Desistimiento Acuerdo conciliatorio Despido Costas Honorarios Homologacion en derechos laborales Acuerdo extrajudicial Costas a codemandado Beneficios de gratuidad.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, GARCIA ALEJANDRA GISELE, demandó por despido a los codemandados ALLENDE MARIA JUANA y DOMINGUEZ NAHUEL OMAR. La sentencia homologó el desistimiento de la acción respecto de ALLENDE MARIA JUANA, considerando que la manifestación voluntaria de la actora en audiencia fue suficiente y cumplió con los requisitos legales, con costas a la actora con beneficio de gratuidad. Respecto de DOMINGUEZ NAHUEL OMAR, se homologó el acuerdo conciliatorio por considerarse celebrado libremente y en cumplimiento de los recaudos legales, ordenando además el pago de costas a dicho codemandado y regulando honorarios profesionales y otras costas procesales. La decisión se fundamenta en la voluntariedad y legalidad de los acuerdos, la inexistencia de renuncias a derechos reconocidos y el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales en ambos casos. Fundamentos principales: "Habida cuenta que el desistimiento de la acción y del derecho configura un acto unilateral, voluntario y expreso por quien lo formula, en resguardo de los derechos del trabajador sólo cabe efectuar una interpretación estricta acerca de los actos por los cuales se exterioriza la voluntad de desistir." "En el caso de autos, la manifestación espontánea de dicha voluntad y la explicación suficiente, en el acto de la audiencia, de las consecuencias jurídicas del acto, permite concluir que se hallan cumplidos los recaudos exigidos (art. 12 de la LCT, arts. 304 y 305 del CPCC, 89 de la ley 15.057)." "Atento que el acuerdo conciliatorio fue celebrado libremente por las partes actora y codemandada DOMINGUEZ NAHUEL OMAR y se cumplen los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba."

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