ALMARAZ CESAR HERNAN C/ ROCA ARGENTINA S.A. S/ DESPIDO
El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora en una causa por despido. La decisión fue unánime, fundamentada en la falta de actividad procesal pese a la notificación, y ordenó costas a la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Cesar Hernán Almaraz contra Roca Argentina S.A. por despido. El tribunal, tras verificar que la parte actora no realizó actividad procesal útil pese a haber sido debidamente notificada, resolvió decretar la caducidad de la instancia conforme al Art. 12, segundo párrafo, de la Ley N° 11.653. La fundamentación principal establece que “la parte, a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa,” por lo que “corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia.” Además, se impusieron costas a la parte actora en virtud de su inactividad procesal. Los jueces coincidieron en que la inacción justificaba la declaración de caducidad, y se diferenció la regulación de profesionales intervinientes hasta que se cumpla con la ley 10268.
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