.................... S/INCIDENTE DE MORIGERACION A LA PRISION PREVENTIVA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Junín revocó la morigeración de la prisión preventiva bajo arresto domiciliario otorgada a Bono Diperna, considerando que la medida de coerción debe mantenerse en virtud de la gravedad del delito, antecedentes penales y los plazos procesales, en línea con el principio de proporcionalidad y respeto a los derechos constitucionales y tratados internacionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara revisó la decisión de la jueza de primera instancia, que había concedido una morigeración en favor del imputado Emanuel Bono Diperna, quien está procesado por el delito de comercialización de estupefacientes (artículo 5 inciso "c" de la Ley 23737). La fiscalía y su superior impugnaron dicha resolución, alegando que el domicilio ofrecido no era apto, que no se cumplían los requisitos del artículo 159 del rito, y que el plazo de la prisión preventiva superaba los límites establecidos en el artículo 168 bis del C.P.P. La Cámara sostuvo que el mantenimiento de la prisión preventiva resulta proporcional dada la gravedad del ilícito, la existencia de antecedentes penales condenatorios y la posible peligrosidad procesal. Además, resaltó que los plazos procesales no estaban cumplidos y que la morigeración requería condiciones excepcionales, las cuales no estaban presentes en autos. La sentencia afirmó que los derechos internacionales y principios constitucionales garantizan la libertad, pero también permiten restricciones en casos de delitos graves y peligrosidad, y que en el presente caso, la medida de coerción debe mantenerse en su modalidad actual.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: