.................... S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Junín confirmó la denegatoria de salidas transitorias a Horacio Saúl Medina, basada en su condición de reincidente y en el cumplimiento de los requisitos legales, considerando que la evaluación del informe criminológico y su conducta no justifican aún su otorgamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez de ejecución penal rechazó el beneficio de salidas transitorias a Medina, argumentando que, pese a su buena conducta, no cumple con requisitos legales como la no reincidencia, la situación en el régimen, y el concepto de conducta. Se fundamentó en que "los requisitos conforme lo establecen los artículos 100, 133, 146 y 147 de la Ley 12.256 son: no estar comprendido por alguno de los supuestos impeditivos del art. 100, hallarse incluido -al menos
- en el régimen semiabierto modalidad amplia, que se encuentre cumplida la mitad de la condena, no tener causa abierta donde interese su detención u otra condena pendiente, poseer conducta ejemplar o el grado máximo susceptible de ser alcanzado según el tiempo de internación". Además, se consideró que "la interacción con pares con conductas delictivas ha sido un factor determinante en su accionar delictivo".
El recurso del defensor fue rechazado, ya que el tribunal valoró que "las fundadas razones esgrimidas por el juez de ejecución para resolver la cuestión del modo en que lo hizo -las que comparto
- que en modo alguno logran ser enervadas por los dichos del recurrente". Se resaltó que "Medina es reincidente, ya experimentó el paso por el sistema penitenciario, y la condena actual supera los hechos considerados, además de no estar en régimen más autogestivo ni poseer el grado máximo de conducta y concepto requeridos por la ley". La decisión se fundamentó en que "las condiciones actuales del interno justifican el rechazo del beneficio, sin perjuicio de futuras evaluaciones".
El tribunal confirmó la resolución de primera instancia, dejando abierta la posibilidad de futuras decisiones respecto del régimen de progresividad del interno.
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