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ANTUNEZ DUARTE FREDI ANTONIO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Quilmes declaró la incompetencia territorial del tribunal de primera instancia y ordenó inhibirse en favor del Tribunal del Trabajo N° 1 de Florencio Varela, conforme a la normativa aplicable y la doctrina de la Suprema Corte.

Recurso de apelacion Competencia territorial Comision medica jurisdiccional Ley 15.057 Ley 27.348 Jurisdiccion laboral Incompetencia Sentencia Buenos aires Competencia exclusiva.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quien demanda es Fredi Antonio Antunez Duarte contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en una acción vinculada a la revisión de resolución administrativa previa emitida por la Comisión Médica Jurisdiccional. La resolución analiza la competencia territorial del tribunal, en función del domicilio del actor y la sede de la comisión médica que intervino en el trámite administrativo. La Cámara de Apelaciones fundamenta que, según la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la competencia territorial en estos casos es inalterable tras la opción inicial del trabajador, y que la intervención de la Comisión Médica de Quilmes implica que el tribunal competente por territorio es el del Juzgado del Trabajo de Florencio Varela. Se concluye que debe declararse la incompetencia del tribunal de primera instancia, ordenar su inhibición y remitir la causa al tribunal competente, sin costas. La decisión se basa en la adhesión provincial a la ley federal 27.348, la normativa de la Ley 15.057, y precedentes jurisprudenciales relevantes como "Véliz" y "Garrido".

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