BUFFA DAMIAN GABRIEL C/ ALERJU S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
La Sala homologó el acuerdo conciliatorio por $20.000.000, estableciendo su carácter de cosa juzgada, con modificación en la forma de pago y costas, además de homologar el pacto de cuota litis y regulaciones de honorarios y aportes, en un fallo que respeta los principios de legalidad y justicia contractual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Buffa Damian Gabriel demanda a Alerju S.A. y otros por despido. La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio por $20.000.000, con una forma de pago a cinco días de notificación, y homologó también el pacto de cuota litis, ratificado por el actor. La decisión se fundamenta en que el convenio no vulnera normas de orden público, se ajusta a los arts. 12 y 15 de la LCT, y la ratificación del pacto de cuota litis cumple con el art. 277 LCT. La homologación tiene fuerza de cosa juzgada, y se establecieron costas, regulación de honorarios y mecanismos de pago directo a profesionales. La sentencia destaca que "el acuerdo que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT", y que "el pacto de cuota litis que no exceda del 20% de lo que se obtenga en el litigio, si este le fuese favorable al trabajador, requiriéndose para la validez del mismo ratificación personal y homologación judicial."
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