ESQUIVEL MIGUEL ALEJANDRO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
La Cámara de La Plata modificó parcialmente la sentencia que declaró la nulidad de la baja del agente policial Miguel Esquivel, reduciendo la indemnización por salarios caídos al 35%. La decisión se fundamenta en la invalidez del acto administrativo por vulnerar garantías constitucionales y por la irregularidad en el procedimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Miguel Alejandro Esquivel, demanda la nulidad de su baja de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, alegando que la resolución careció de motivación suficiente, vulneró garantías constitucionales y no respetó el debido proceso, ya que no tuvo oportunidad de ejercer defensa ni control del acto. La sentencia de primera instancia declaró la nulidad del acto de baja, ordenó su reincorporación y condenó al pago de una indemnización del 40% de los haberes dejados de percibir, con intereses. La Cámara consideró que la baja fue ilegítima por la vulneración del derecho a la defensa, la falta de motivación suficiente y la violación de la estabilidad del agente, por lo que declaró la nulidad del acto administrativo y ordenó la reincorporación con efectos retroactivos. Respecto a la indemnización, redujo el porcentaje al 35%, aplicando tasas de interés conforme la doctrina del tribunal. Los jueces coincidieron en que la decisión administrativa vulneró garantías constitucionales, y que la pérdida de aptitud psicofísica no puede justificar la extinción del vínculo sin respetar el procedimiento y la participación del afectado. La decisión fue por mayoría, con disidencia parcial en el porcentaje de indemnización.
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