B.L.G. COOPERATIVA DE CREDITO CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA C/ GALLARDO HERMOSILLA IVAN MATHIAS S/ COBRO EJECUTIVO
El actor apeló la resolución que declaró la inhabilidad del título para su ejecución en un cobro ejecutivo. La Cámara revocó la decisión, ordenando adecuar las actuaciones a las normas del Código Procesal Civil y Comercial para preparar la vía ejecutiva del contrato de mutuo.
Actor: B.L.G. Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Limitada Demandado: Gallardo Hermosilla, Iván Mathias Objeto: Cobro de un pagaré por U$S4.140 garantizado por un contrato de mutuo. Decisión: Se revocó la resolución que declaró la inhabilidad del título y se ordenó preparar la vía ejecutiva del contrato de mutuo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pagaré es el único instrumento que en esta oportunidad se encuentra en condiciones de ser ejecutado... pero éste no reúne los requisitos establecidos por el art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor, lo que de por sí, impide su ejecución por esta vía y, en consecuencia, resulta inhábil." "En virtud de que se adjuntó en autos el mutuo que dio origen a la obligación, no puede soslayarse que el mutuante entregó una cantidad de pesos argentinos, así pues, el mutuario se encuentra obligado a restituir la misma cantidad, calidad y especie, con más los respectivos intereses." "Corresponde ajustar el trámite del presente a lo previsto por el art. 523 y ccts. del C.P.C.C., ello sin perjuicio de las defensas que eventualmente pueda oponer el ejecutado al momento de comparecer a juicio."
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