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RUSSO MARIA FERNANDA Y OTRO/A C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La sentencia rechaza la regulación de honorarios profesionales de las abogadas Russo y Stockmanns por actuación en expediente administrativo ante la Comisión Médica, ya que no se obtuvo reconocimiento parcial o total de la pretensión. La decisión se fundamenta en que la actuación no produjo resultado favorable y en la normativa aplicable, que limita la regulación en caso de no obtener reconocimiento.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Comision medica jurisdiccional Ley 27.348 Res. srt 298/17 Procedimiento administrativo Rechazo de pretension Actuacion letrada Riesgos del trabajo Rechazo de honorarios.


- Quién demanda: Las abogadas Maria Fernanda Russo y Antonella Stockmanns.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.U.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La regulación de honorarios por su actuación en el trámite ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 11 de La Plata, en el marco del expediente N° 155627/25, por asistencia a la trabajadora Nancy Liliana Escalante en un proceso que culminó con dictamen que rechazó la naturaleza laboral de la contingencia.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la solicitud de regulación de honorarios, porque la actuación profesional no logró en sede administrativa el reconocimiento total o parcial de la pretensión, culminando sin reconocimiento de la naturaleza laboral de la contingencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que si bien la ley 27.348 y la Res. SRT 298/17 establecen que los honorarios devengan a cargo de la aseguradora únicamente en caso de que la pretensión sea reconocida total o parcialmente, en el presente expediente la actuación no obtuvo tal reconocimiento. La normativa es clara al señalar que la actividad profesional desarrollada por los abogados en los procedimientos ante las Comisiones Médicas solo devengará honorarios en caso de éxito o reconocimiento de la pretensión, lo cual no ocurrió. La conclusión es que la actividad desarrollada no generó un reconocimiento favorable y, por ende, no corresponde la regulación de honorarios a cargo de la aseguradora." "En consecuencia, la regulación de honorarios solicitada debe ser rechazada in limine, sin costas, dado que la forma en que se resuelve la cuestión no genera perjuicio a las partes."

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