ARANCIBIA PABLO HECTOR C/ CUSTODIO CHAFLOQUE JUAN MANUEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios en un accidente de tránsito. La decisión se fundamentó en que la prioridad de paso del vehículo del demandado, desde la derecha, no fue desvirtuada y que la conducta del actor fue la causa eficiente del daño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Pablo Héctor Arancibia contra Juan Manuel Custodio Chafloque y Seguros Bernardino Rivadavia Limitada por un accidente ocurrido el 17 de abril de 2020, en Vicente López, donde la motocicleta del actor fue embestida por un vehículo conducido por el demandado. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, argumentando que la responsabilidad del accidente correspondía al actor por no respetar la prioridad de paso, ya que circulaba desde la izquierda y no se demostró exceso de velocidad ni infracción. La sentencia valoró que la responsabilidad civil requiere la existencia de un daño, una conducta antijurídica y una relación causal. La Cámara confirmó la sentencia, señalando que los agravios del actor no lograron cuestionar los fundamentos jurídicos y probatorios que sostuvieron la decisión. La Cámara resaltó que la presunción de responsabilidad a favor del conductor que llega por la derecha no fue desvirtuada, y que la conducta imprudente del actor fue la causa eficiente del daño. Se rechazaron los agravios relacionados con la prioridad por tamaño de vehículo y el carácter embistente del demandado, ya que la legislación no distingue en ese sentido.
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