REYNOSO MARTA NOEMI C/ SEGOVIA MARTIN ALFREDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de San Isidro resolvió el trámite de desistimiento y ordenó devolver las actuaciones a la instancia de origen. La decisión se basó en el acuerdo de las partes y en la ausencia de cuestiones pendientes ante la Alzada, conforme a la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal tomó conocimiento del desistimiento formulado por el apoderado del actor, Dr. Facundo Cagnin, y por el apoderado de la demandada y citada en garantía, Dr. Perez Romero. La decisión se fundamenta en que no existen cuestiones pendientes de tratamiento ante esta instancia, por lo que se ordena devolver las actuaciones a la instancia de origen. La resolución se realizó en cumplimiento de lo ordenado en los oficios del 15/09/25 y 11/09/25. La resolución no implica pronunciamiento sobre el fondo de la causa, sino que se limita a ordenar la devolución de las actuaciones por desistimiento de las partes.
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