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REYNOSO MARTA NOEMI C/ SEGOVIA MARTIN ALFREDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de San Isidro resolvió el trámite de desistimiento y ordenó devolver las actuaciones a la instancia de origen. La decisión se basó en el acuerdo de las partes y en la ausencia de cuestiones pendientes ante la Alzada, conforme a la normativa vigente.

Desistimiento Devolucion de actuaciones Tramite procesal Instancia de origen Acuerdo de partes Resolucion judicial San isidro Normativa procesal Actuacion administrativa No hay pronunciamiento de fondo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal tomó conocimiento del desistimiento formulado por el apoderado del actor, Dr. Facundo Cagnin, y por el apoderado de la demandada y citada en garantía, Dr. Perez Romero. La decisión se fundamenta en que no existen cuestiones pendientes de tratamiento ante esta instancia, por lo que se ordena devolver las actuaciones a la instancia de origen. La resolución se realizó en cumplimiento de lo ordenado en los oficios del 15/09/25 y 11/09/25. La resolución no implica pronunciamiento sobre el fondo de la causa, sino que se limita a ordenar la devolución de las actuaciones por desistimiento de las partes.

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