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SILVA LEILA IVANA Y OTRO C/ BENITEZ KARINA ELIZABEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Morón revocó parcialmente la sentencia y elevó la monto indemnizatorio por daños y perjuicios, confirmando en todo lo demás. La decisión se fundamenta en la valoración de las lesiones, daños psicológicos y daños materiales, ajustando las sumas en función del peritaje y los agravios de las partes.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Accidente transito Dano fisico Dano psicologico Dano moral Indemnizacion Peritaje medico Aumento de condena Responsabilidad civil

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Silva Leila Ivana y Braian Alberto Garcilazo contra Karina Elizabel Benitez y Juan Carlos Urioste, reclamando una suma de $97.731.230 por daños derivados de un accidente de tránsito. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a pagar esa suma, incluyendo a la aseguradora La Mercantil Andina. Los actores reclamaron un mayor resarcimiento por daños físicos, psicológicos y morales, alegando que la cantidad fijada era insuficiente. Los demandados y la aseguradora cuestionaron la razonabilidad de los montos, especialmente en lo que respecta a las lesiones y gastos. El perito médico constató que Silva presenta una incapacidad del 60.47% en daño físico, con secuelas permanentes, y una incapacidad del 22.17% para Luna, además de daños psicológicos y de tratamiento. La evaluación pericial fue valorada positivamente por el tribunal, que consideró justificada la suma de $68.000.000 para Silva y $20.000.000 para Luna por daños físicos. En daños psíquicos, se fijaron $8.000.000 para Silva y $1.040.000 para tratamiento, considerando la evaluación psicológica. Por daños morales, se calcularon $20.000.000 para Silva y $7.000.000 para Luna. Los gastos médicos y daños en el rodado también fueron indemnizados. La Cámara, tras analizar los agravios, decidió aumentar la monto total de la condena a $124.461.230, asignando $97.340.000 a Silva y $27.121.230 a Luna, revocando parcialmente la sentencia de primera instancia en ese aspecto, y confirmando el resto en todos sus términos. Se condenó a los demandados al pago de costas de la alzada.

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