OCAMPO BRISA AYELEN Y OTRO/A C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón revisa la sentencia del 31/03/2025 en un caso de daños por accidente de tránsito, confirmando en general la condena y modificando los montos de gastos médicos y la tasa de interés para ajustarse a las circunstancias del caso, en línea con la valoración de las pruebas y la jurisprudencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Brisa Ayelen Ocampo y Alan Rafael Soto, demandaron a Nora Silvia Rodriguez y a RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, reclamando indemnización por daños físicos, daño moral y gastos médicos derivados de un accidente ocurrido el 8/05/2022. La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a pagar una suma total de aproximadamente 12,8 millones de pesos a Soto Rafael y 2,7 millones a Ocampo Brisa, además de gastos médicos y daño moral, extendiendo la condena a la aseguradora con base en el art. 118 de la Ley de Seguros.
Los agravios de las partes fueron analizados por la Cámara. La actora cuestionó los montos indemnizatorios por daños físicos y el tratamiento kinésico solicitado. La demandada y su aseguradora consideraron excesivos los montos por incapacidad y daño moral, y solicitaron la reducción de los intereses a partir de la fecha del hecho. La Cámara, tras evaluar las pruebas, principalmente la pericia médica, sostuvo la relación causal entre las lesiones y el siniestro, reafirmando la procedencia del daño físico y moral, pero ajustando el monto de gastos médicos a $80.000 por actor, y modificando la tasa de interés desde la ocurrencia del hecho hasta la fecha del fallo de Cámara. Finalmente, confirmó en todo lo demás la sentencia de primera instancia.
Fundamentos principales:
- Se ratificó la valoración pericial sobre incapacidad y daño moral, considerando que las lesiones y secuelas estaban debidamente acreditadas y vinculadas causalmente con el accidente.
- Se rechazó la pretensión del tratamiento kinésico, dado que la pericia no lo estableció y no fue solicitado por las partes.
- Se ajustó el monto de gastos médicos a $80.000 por actor, atendiendo a la necesidad probatoria y la naturaleza de los gastos.
- Se modificó la tasa de interés, estableciendo que será del 6% desde el hecho hasta la sentencia de Cámara, y a partir de allí la tasa pasiva más alta de
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